Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA EN AMPARO TRATANDOSE DE CONDENA A CINCO AÑOS DE PRISION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 236546 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Segunda Parte; Pág. 16

Si la sentencia definitiva que se impuso al quejoso fue dictada por una autoridad del orden común, condenándolo a sufrir una sanción que se circunscribe, precisamente, dentro de la pena privativa de libertad de cinco años, que no excede del término señalado por la fracción I del artículo 20 constitucional, que constituye el límite para que surta la competencia de los Tribunales Colegiados, la Suprema Corte no es competente para conocer de la demanda de garantías interpuesta por el reclamante, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 104, fracción VI, reformada, de la Constitución Federal; 45 y 47 de la Ley de Amparo y 24 fracción III, inciso a), en relación con el 7 bis, fracción I, inciso a), del Capítulo Tercero, y 72 bis, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236546-88b6dfc3/competencia-en-amparo-tratandose-de-condena-a-cinco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de reclamación en el amparo directo 3140/71. Raúl Estrada Mancilla. 6 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.

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