CONFESION Y TESTIMONIO. REDACCION DE LAS DECLARACIONES DE AMBAS PRUEBAS.
Si bien es cierto que en el Código de Procedimientos Penales del Estado de Guerrero se señala que tanto en las pruebas testimonial como confesional se trate de respetar en lo posible las palabras y términos de los deponentes, lo cierto es que sería prácticamente imposible que fueran ciento por ciento vertidas en el lenguaje del deponente, puesto que requieren siempre de la redacción del funcionario que las recibe, siempre y cuando éste no desvirtúe lo declarado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236610-5cbcac63/confesion-y-testimonio-redaccion-de-las-declaraciones-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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