ENCUBRIMIENTO COMO DELITO AUTONOMO.
Incurre en el delito de encubrimiento previsto en la fracción IV del artículo 400 del Código Penal Federal, aquél que aun conociendo la calidad de delincuente al autor de un delito, lo ayuda o auxilia por acuerdo posterior al crimen que se le imputa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236691-14d9b5cc/encubrimiento-como-delito-autonomo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2978/71. Sonia Olff Zuckerman. 6 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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