ABANDONO DE SERVICIO, DELITO DE.
No es relevante para la consumación del delito de abandono de servicio, la circunstancia de que el inculpado haya actuado el día de los hechos como simple soldado o cabo habilitado, puesto que para la configuración del ilícito basta el abandono que hace el sujeto activo del lugar o punto en que debe permanecer por mandato legal o por orden superior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236750-dcd2bce2/abandono-de-servicio-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4166/70. Santana Rodríguez Martínez. 5 de julio de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Jurisprudencia relacionada
- ABANDONO DE SERVICIOS MILITARES, DELITO DE. CUANDO NO SE COMETE. (s/clave)
- ABANDONO DE SERVICIO, DELITO DE (LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
- ABANDONO DEL SERVICIO DE ARMAS, NO CONFIGURACION DEL DELITO DE (CODIGO DE JUSTICIA MILITAR). (s/clave)
- ABANDONO DEL SERVICIO DE ARMAS, NO CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE (CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR).- (18)
- ABANDONO DE SERVICIO, DELITO DE (LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
- ABANDONO DE SERVICIO, DELITO DE (LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis