Corpus
Modo: Corpus Pro

SENTENCIAS DE AMPARO. NOTIFICACION DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 238251 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 99

Es inexacto que la tesis de jurisprudencia que sólo obliga a los Jueces de Distrito a ordenar que la notificación de sus sentencias se haga en forma personal cuando aquéllas se dicten con posterioridad a la audiencia de derecho, esté condicionada a que las partes interesadas hayan asistido a la propia audiencia, y que, de no darse este supuesto, la notificación del fallo deba hacérseles personalmente; pues la tesis de que se trata no establece el distingo que se propone, ni hay razón legal alguna para admitirlo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/238251-653d1895/sentencias-de-amparo-notificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1524/76. Mario Capitaine Couturier y otro. 29 de noviembre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Octava Parte, Común, tesis 176, página 302, bajo el rubro "SENTENCIAS DE AMPARO, NOTIFICACION DE LAS.".

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