Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMPRAVENTA, MORA COMO CAUSA DE RESCISION DE LA. DEBE SER ANTERIOR Y NO POSTERIOR A LA PRESENTACION DE LA DEMANDA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 239910 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 48

Si bien el emplazamiento hace veces de interpelación, esto es válido respecto de las acciones de cumplimiento; no así de las que se ejercitan para reclamar la rescisión del contrato por causa de incumplimiento, puesto que la mora, en este último caso, debe ser anterior y no posterior al planteamiento de la acción rescisoria.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239910-43041869/compraventa-mora-como-causa-de-rescision-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6764/82. Juan L. Díaz Pruneda. 20 de agosto de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Waldo Guerrero Lázcarez. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 163-168, página 28. Amparo directo 7366/80. Estela Mancilla de Varela. 25 de agosto de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Gilda Rincón Orta. Volúmenes 97-102, página 41. Amparo directo 5148/75. Roger Orellana Gallardo. 7 de febrero de 1977. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis