DESPIDO. DERECHO DEL PATRON PARA RESCINDIR LA RELACION LABORAL CUANDO EL TRABAJADOR GOZA DE LICENCIA.
El hecho de que el trabajador goce de licencia no significa que el patrón esté impedido para rescindir el contrato individual de trabajo, y carece de fundamentación legal considerar inválido el despido decidido por el patrón en tales circunstancias, habida cuenta de que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 46 señala que el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo, la relación de trabajo cuando exista causa justificada, sin incurrir por ello en responsabilidad, y esto es así, porque la licencia sólo tiene efecto de liberar al trabajador, durante su vigencia, de prestar el servicio contratado, pero no priva al patrón de ejercitar los derechos derivados de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242614-d8f183de/despido-derecho-del-patron-para-rescindir-la-relacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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