Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES, DESPIDO JUSTIFICADO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 368453 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1842

La circunstancia de que se hubiese roto la armonía entre patrón y dependiente, no puede ser considerada como causa justa de despido, supuesto que no está comprendida en ninguna de las fracciones del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, ni siquiera en la XVI, pues el que un trabajador reclame ante las autoridades competentes el cumplimiento de las obligaciones que con él tiene contraídas el patrón, no es motivo para que éste rescinda el contrato de trabajo, sin responsabilidad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368453-9eb2e211/trabajadores-despido-justificado-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2503/50. Portnoy y Kurian. 23 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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