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PETROLEROS JUBILADOS, FALLECIMIENTO DE LOS. DESIGNACION NO HECHA DE BENEFICIARIOS DE LA PENSION RELATIVA (CLAUSULA 148, FRACCION III, PARRAFO QUINTO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 243143 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Quinta Parte; Pág. 37

Conforme a la cláusula 148, fracción III, párrafo quinto, del contrato colectivo, es menester que el trabajador pensionado designe beneficiarios, para que éstos reciban, en caso de su muerte acaecida antes de transcurrir dos años posteriores a la fecha de su jubilación, el 50% de la pensión jubilatoria durante el término de dos años; mas como en dicha disposición contractual no se sanciona la falta de esa designación con la pérdida del derecho a la percepción de que se trata, en perjuicio de los dependientes económicos del trabajador fallecido, la omisión en que éste incurrió debe suplirse mediante la aplicación de los dispositivos legales correspondientes, lo que no puede estimarse contrario a los intereses de la demandada ni desvirtuante de lo esencialmente convenido en la cláusula referida, dado que el espíritu de la misma fue crear una prestación post mortem en beneficio de los dependientes económicos del trabajador, que al aceptarla la empresa se obligó a proporcionar ese beneficio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243143-aa1b89f4/petroleros-jubilados-fallecimiento-de-los-designacion-no-hecha · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3030/80. Margarita Guerra Pérez. 10 de noviembre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretaria: María Yolanda Múgica García. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 91-96, página 37. Amparo directo 4883/75. María Guadalupe Rodríguez Martínez. 5 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Moisés Duarte Aguíñiga. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca,Volúmenes 91-96, Quinta Parte, página 37, tesis de rubro "PETROLEROS JUBILADOS, FALLECIMIENTO DE LOS. DESIGNACION NO HECHA DE BENEFICIARIOS DE LA PENSION RELATIVA.". Nota: En los Informes de 1976 y 1980, la tesis aparece bajo el rubro "BENEFICIARIOS, FALTA DE DESIGNACION DE, POR LOS TRABAJADORES PENSIONADOS (CLAUSULA 148, FRACCION III, PARRAFO QUINTO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO).".

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