PRUEBAS, CUANDO LAS JUNTAS PUEDEN DESECHAR LAS.
Conforme al artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, las Juntas están facultadas para desechar las pruebas que estimen improcedentes o inútiles. Esta disposición de la anterior Ley Federal del Trabajo, indica que sólo deben aceptarse aquellas pruebas que tienen relación con los puntos controvertidos, porque las que no guardan relación con la litis, no tan sólo son improcedentes, sino al mismo tiempo inútiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244667-0a9d63d7/pruebas-cuando-las-juntas-pueden-desechar-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3919/70. Jesús Acevedo Acosta. 28 de junio de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS, DESECHAMIENTO DE PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, DESECHAMIENTO DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, DESECHAMIENTO DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, DESECHAMIENTO DE LAS, IMPROCEDENTES O INUTILES. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, DESECHAMIENTO DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis