Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, CARACTER DE OFENDIDO EN EL DELITO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 245036 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 131

Tratándose del delito de daño en propiedad ajena, no se requiere el acreditamiento de la legítima propiedad del inmueble dañado por parte del ofendido, para la configuración del tipo legal en comento, sino que para ello sólo es necesario que se acredite la ajenidad de la cosa dañada, surtiéndose el requisito a que se refiere el artículo 399 bis del Código Penal para el Distrito Federal, inclusive cuando la petición de parte ofendida proviene del simple poseedor, admitiendo la doctrina, que puedan serlo tanto el propietario como aquél, esto es cualquier persona que tenga el ius posessionis (que emana del pleno derecho real del dominio) o la posesión derivada como protección provisoria (ius possidendi) constitutiva del derecho real de posesión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245036-2a58c113/dano-en-propiedad-ajena-caracter-de-ofendido-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6409/85. Gustavo Torres Anzures. 22 de enero de 1987. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: José Luis García Vasco.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis