Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AGRARIO. AMPARO AGRARIO. PROCEDENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 245285 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 10

Cuando una resolución presidencial dotatoria o restitutoria ha quedado cabalmente ejecutada, y con posterioridad autoridades agrarias inferiores al presidente de la República pretenden entregar o restituir tierras al núcleo de población, o a un grupo de nuevos solicitantes, aduciendo que eran tierras que habían quedado comprendidas en la resolución presidencial y que están en posesión de particulares, no opera la prohibición de la fracción XIV del artículo 27 constitucional, que veda la acción de amparo a los propietarios afectados por las resoluciones presidenciales si no tienen certificado de inafectabilidad. Una vez ejecutada definitivamente la resolución presidencial, las resoluciones posteriores de autoridades inferiores no tienen ese escudo constitucional, aunque pretendan fundarse en aquella resolución.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245285-17b93f1f/agrario-amparo-agrario-procedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 6954/83. Francisco Javier Molina Ruiz y otros, en representación de la sucesión de Matilde Azcárate viuda de Orvañanos. 7 de enero de 1985. Cinco votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Secretario: Gregorio Saucedo Ruiz. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO AGRARIO. PROCEDENCIA.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis