Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACION, ACUERDO QUE DESECHA EL RECURSO DE. REVOCACION PROCEDENTE Y AMPARO IMPROCEDENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 246555 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 74

Es improcedente el juicio de garantías en el que se señala como acto reclamado el acuerdo que desecha el recurso de apelación, toda vez que, en los términos del artículo 245 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato, los asuntos que no fueren apelables pueden ser revocados por el Juez que los dictó; en tal virtud, al existir legalmente este recurso, si no lo hizo valer el quejoso previamente al ejercicio de la acción constitucional, no se cumple con el principio de definitividad; y el hecho de que se haya interpuesto un recurso equivocado no lo exenta de observar dicho principio.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246555-6fd01cee/apelacion-acuerdo-que-desecha-el-recurso-de-revocacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 299/87. María Cortés de Gómez Orozco. 28 de octubre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo.

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