Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DIVORCIO, REVISION DE OFICIO DE LAS SENTENCIAS DE. DEBEN ESTUDIARSE TODAS LAS CAUSALES AUN CUANDO NO HAYAN SIDO ANALIZADAS EN LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 246818 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 247

No es correcto que la sala responsable no estudiara todas las causales de divorcio invocadas por el actor, dando como razón de esto que el a quo no se ocupó de las mismas ni aquél manifestó inconformidad al respecto, pues si se toma en cuenta que la revisión forzosa prevista por el artículo 524 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz, procede, entre otras hipótesis, en tratándose de las sentencias recaídas en los juicios de divorcio, el tribunal de alzada debe examinar en su integridad las cuestiones planteadas en ellos por las partes aunque no expresen agravio alguno.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246818-d8006d4e/divorcio-revision-de-oficio-de-las-sentencias-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Directo civil 781/86. Emigdio o Emerio Arcos Rivera. 9 de abril de 1987. Ponente: Antonio Uribe García. Secretaria: Josefina del Carmen Mora Dorantes.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis