SALARIOS CAIDOS. SU PAGO DEDUCIENDO IMPUESTO EL PATRON. EFECTOS.
El hecho de que la empresa haya deducido en forma ilegal los impuestos al hacer el pago al trabajador de la cantidad a que fue condenada, no implica un incumplimiento que tenga como consecuencia el pago de los salarios caídos que pudiesen devengarse a partir del pago, si es que, la empresa puso a disposición del demandante la cantidad que cubre la indemnización constitucional y los salarios caídos a que fue condenada y por ello ya no podían seguir generándose dichos salarios.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247310-ce21865a/salarios-caidos-su-pago-deduciendo-impuesto-el-patron · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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