LIBERTAD CAUCIONAL, CALIFICATIVAS O MODIFICATIVAS INATENDIBLES PARA LA CONCESION O NEGATIVA DE LA.
Es de explorado derecho que las calificativas o modificativas son puntos que deben de apreciarse en relación con la pena a imponer, y que ello es materia propia de la sentencia definitiva de un juicio, ya que es natural que no puedan ser precisadas ni mucho menos definidas judicialmente durante el curso del proceso, puesto que su precisión constituye el objeto del mismo; por ello, pretender declaraciones al respecto con el objeto de obtener el beneficio de la libertad provisional bajo caución resulta improcedente, siendo suficiente que el delito con ausencia de calificativas o modificativas, tenga señalada una pena cuyo término medio aritmético exceda de cinco años de prisión, para que el beneficio le sea negado al procesado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249818-d6413d62/libertad-caucional-calificativas-o-modificativas-inatendibles-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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