MILITARES, RETIRO DE LOS, LOS DERECHOS ADQUIRIDOS COMO ELEMENTOS DE SERVICIO (ESTANDO A SALVO) Y COMO ELEMENTOS AUXILIARES, DEBEN CONTARSE PARA FIJAR LA SITUACION DE.
Si en el momento en que se coloca a un elemento en situación de retiro ostenta un grado de militar auxiliar, deben sumarse los derechos que tenía como tal y también los que se le hubieran dejado salvo como militar de servicio, sin que por esto pudieran resultar infringidos preceptos legales en que se dispone que es facultad del C. Presidente de la República, con aprobación del Senado, otorgar nombramientos para el grado en el que se encontraba el quejoso, ya que éstos también pueden operar por ministerio de ley, en términos del artículo 11 de la Ley de Retiros y Pensiones Militares.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/252091-e88c6703/militares-retiro-de-los-los-derechos-adquiridos-como · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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