IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DEDUCCION DE INTERESES MORATORIOS.
El artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta fue adicionado con la fracción XVI, que vino a señalar que no serían deducibles las erogaciones provenientes de sanciones, indemnizaciones por daños y perjuicios, intereses moratorios, recargos o penas convencionales. En consecuencia, debe estimarse que en principio los intereses moratorios y las penas o indemnizaciones de daños y perjuicios, antes de la reforma relativa, sí eran reducibles, ya que las normas fiscales que imponen cargas a los particulares deben interpretarse restrictivamente, conforme al artículo 11 del Código Fiscal de la Federación. Y, en ese orden de ideas, no puede decirse que el pago de intereses moratorios o como pena por incumplimiento oportuno de obligaciones, fuese un gasto anormal de las empresas que lo hacían. No podía decirse que fuese legalmente anormal que una empresa cumpliese sus obligaciones con cierta mora, ya que ello no necesariamente implica, en la complejidad de las relaciones mercantiles modernas, que se trate de empresas incumplidas, o de funcionamiento anormal, o de empresas consideradas por ello como malos sujetos de crédito (lo que podría ubicarlas fuera de la normalidad), pues para esto la autoridad tendría que haber rendido prueba adecuada, sin que pudiera bastar que la resolución reclamada dijese que conforme al artículo 26 de la ley los intereses que tienen el carácter de pena no son deducibles, sin hacer más referencia a la reforma del texto del artículo 27, en su fracción XVI.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253445-29788577/impuesto-sobre-la-renta-deduccion-de-intereses-moratorios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RENTA, IMPUESTO SOBRE LA. INTERESES MORATORIOS. NO SON DEDUCIBLES EN 1984 Y 1985. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DEDUCCION DE INTERESES PAGADOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, QUIENES ESTAN OBLIGADOS A CUBRIRLO. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. RECARGOS. VENTA DE INMUEBLES. (s/clave)
- INGRESOS MERCANTILES, INTERESES MORATORIOS NO GRAVABLES POR LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE. (s/clave)
- INTERESES MORATORIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO POR MORA DE LA AUTORIDAD FISCAL.- (144)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis