EMBARGO. SU LEVANTAMIENTO NO PUEDE IMPEDIRLO EL AVISO DEL SECUESTRO REALIZADO POSTERIORMENTE EN OTRO LITIGIO.
La resolución que manda levantar embargo en un juicio ejecutivo mercantil, al que resulta extraña la quejosa, no puede dejarse de cumplir, ni menos las prevenciones al depositario para la entrega del bien respectivo, porque de diverso Juez se reciba comunicación de haber sido secuestrado el propio bien en diferente juicio, pues resulta obvio que con ello se afectan los derechos de dominio de la agraviada reconocidos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255014-50c1630b/embargo-su-levantamiento-no-puede-impedirlo-el-aviso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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