Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RECUSACION. NO ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 255663 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 62, Sexta Parte; Pág. 67

La recusación con expresión de causa no es un acto de imposible reparación, pues el único efecto que produce tal resolución, es de que el propio Juez recusado continúe conociendo de la controversia jurisdiccional, hipótesis comprendida en el artículo 159, fracción X, de la Ley de Amparo; en consecuencia, esa resolución no puede ser combatida en amparo ante Juez de Distrito, por tratarse de violaciones a las leyes del procedimiento contenidas en el precepto legal invocado y, por ende, conforme a lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, sólo puede reclamarse en la vía de amparo, al interponerse la demanda contra la sentencia definitiva.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255663-962452be/recusacion-no-es-un-acto-de-imposible-reparacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 155/73. David Cupil Magaña. 12 de febrero de 1974. Ponente: Renato Sales Gasque. Secretaria: Martha Alpuche de Rosario. Nota: Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis