MARCAS, CONFUSION DE. SOBRESEIMIENTO SI SE ANULO EL REGISTRO DE UNA DE ELLAS.
Si la quejosa solicitó la declaración de nulidad de una marca posterior, con base en que se invadía sus derechos derivados de una marca suya registrada anteriormente, es claro que si por cualquier causa se llega a declarar la nulidad de la marca anterior de la quejosa, cuando el otro litigio está subjúdice, ese otro litigio viene a quedar sin materia, pues no podría ya declararse legalmente la nulidad de la marca por el hecho de confundirse con otra anterior que ampara productos similares, si esta anterior ya fue anulada. Y el titular de la marca anterior anulada, vino, además, a quedar sin interés jurídico, es decir, sin un derecho legalmente protegido a defender los derechos derivados del registro de su marca que fue anulada. Y en estas condiciones, el amparo relativo al litigio pendiente, al ser anulada la marca de la quejosa, viene a resultar improcedente por causas supervenientes consistentes en que la quejosa perdió la protección legal de su interés y en que el conflicto relativo a la confusión de marcas e invasión de derechos, vino a quedar sin materia. Por lo demás, esta conclusión no viene a causar lesión jurídica a la quejosa, por el hecho de que pudiera ser acusada de imitadora por haber usado la marca anulada con anterioridad a la declaración de nulidad, pues el artículo 198 de la Ley de la Propiedad Industrial debe entenderse en el sentido de que si una marca se empleó en la forma en que fue registrada, no puede solicitarse respecto de ella declaración de imitación o uso ilegal durante el tiempo en que la marca se amparó en el registro otorgado, aunque con posterioridad venga a declarar la nulidad de éste, pues no puede incurrir retroactivamente en las infracciones apuntadas, por el hecho de que se venga posteriormente a declarar la nulidad de la marca, ya que antes de tal declaración su uso estuvo legalmente amparado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255718-88689ae8/marcas-confusion-de-sobreseimiento-si-se-anulo-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MARCAS, NULIDAD DE. (s/clave)
- MARCAS, IMPROCEDENCIA DE LA NULIDAD DEL REGISTRO DE LAS. CUANDO LA SOLICITANTE NO PRUEBA EL USO ANTERIOR. (s/clave)
- MARCAS, NULIDAD DEL REGISTRO DE. (s/clave)
- MARCAS. OMISION DEL ESTUDIO DE MOTIVOS DE NULIDAD. (s/clave)
- MARCAS, DERECHO DE AUDIENCIA PREVIAMENTE A NEGAR EL REGISTRO DE LAS. (s/clave)
- MARCAS. REGISTRADAS DOS MARCAS Y VIGENTE UN REGISTRO, NO PUEDE DECLARARSE LA LIMITACION O USO ILEGAL DE UNA DE ELLAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis