SABADO. ES DIA INHABIL, PARA EL ANUNCIO DE LAS PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO.
De acuerdo con lo mandado por el artículo 151 de la Ley de Amparo, en el cómputo legal correspondiente el sábado no cuenta como día hábil para el anuncio de las pruebas testimonial y pericial en el amparo, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha catorce de marzo de mil novecientos setenta y tres, que reformó y adicionó la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, sin reformar el artículo 23 de la Ley de Amparo, sino agregando como inhábil los sábados.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255862-d8f2b7c6/sabado-es-dia-inhabil-para-el-anuncio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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