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Modo: Corpus Pro

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, ANUNCIO DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 352953 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4994

La Suprema Corte de Justicia ha interpretado el artículo 151 de la Ley de Amparo, en el sentido de que entre el anuncio de la prueba testimonial y la fecha señalada para la audiencia constitucional, deben mediar cinco días hábiles, naturales y completos; de manera que si esa prueba se anunció cinco días antes de la fecha fijada para la audiencia, pero uno de ellos era domingo, es correcto el auto del Juez de Distrito, por el cual la desecha.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352953-dce2e890/prueba-testimonial-en-el-amparo-anuncio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 57/42. Cárdenas Teodora. 16 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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