MARCAS OTORGADAS CONFORME A LA LEY ANTERIOR. RENOVACION Y NUEVO REGISTRO.
Si bien es cierto que la ley vigente señala la posibilidad de que las marcas que hayan caducado por falta de renovación, podrán ser solicitadas de nuevo, esto no implica que en el nuevo registro no se satisfagan los requisitos que establece la ley vigente, y aunque antes de la vigilancia de dicha ley (publicada en el Diario Oficial del 31 de diciembre de 1942) se haya conseguido registro de la marca, esa circunstancia no implica que la nueva solicitud de registro necesariamente deba acordarse favorablemente, a pesar de que no se cumplan con los actuales requisitos que señala la ley.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257017-3d949d35/marcas-otorgadas-conforme-a-la-ley-anterior-renovacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MARCAS. RENOVACION DEL PLAZO INICIAL. NO RETROACTIVIDAD. (s/clave)
- MARCAS, LEYES QUE DEBEN REGIR SU REGISTRO. (s/clave)
- MARCAS, LEGALIDAD DEL REGISTRO DE. (s/clave)
- MARCAS, LEY DE. (s/clave)
- MARCAS INDUSTRIALES DE COMERCIO. (s/clave)
- MARCAS, NULIDAD DE LAS REGISTRADAS CON ANTERIORIDAD A LA LEY VIGENTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis