CHEQUES, FALSIFICACION Y FRAUDE POR MEDIO DE. COMPETENCIA.
Si el inculpado no libró el cheque que dio origen a la averiguación, puesto que no puso su firma auténtica en el documento sino un texto imaginario utilizando un cheque correspondiente a un talonario de su cuenta bancaria, cancelado con más de dos años de anterioridad, es decir, que en realidad falsificó el cheque, borrándole los últimos números de las cifras correspondientes al número del cheque y al número de la cuenta, sin que el hecho de que haya puesto su firma al reverso del documento, como endosante, le haya dado el carácter de librador, pues éste debe entenderse como aquella persona que firma el cheque con su verdadero nombre y no la que asienta una firma falsa o imaginaria, por lo que la citada persona no reunió los elementos de un auténtico y verdadero librador, y no queda configurado el delito previsto por el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sino la de los delitos de fraude y falsificación de documentos que no son de carácter federal, por lo que es competente para conocer de los mismos el Juez del fuero común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257835-678ea008/cheques-falsificacion-y-fraude-por-medio-de-competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES. FALSIFICACION Y FRAUDE POR MEDIO DE. COMPETENCIA. (s/clave)
- CHEQUES, FALSIFICACION Y FRAUDE POR MEDIO DE. COMPETENCIA. (s/clave)
- CHEQUES, FALSIFICACION DE. COMPETENCIA. (s/clave)
- CHEQUES, FALSIFICACION DE FIRMA EN LOS. (s/clave)
- CHEQUES, COMPETENCIA PARA CONOCER DE DELITOS COMETIDOS POR MEDIO DE. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS, COMPETENCIA EN CASO DE LIBRAMIENTO DE, CUANDO EXISTE CONSIGNACION POR FRAUDE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis