CHEQUES. FALSIFICACION Y FRAUDE POR MEDIO DE. COMPETENCIA.
Si el inculpado no libró el cheque sino falsificó un cheque que dio origen al proceso, que desprendió de una chequera de un tercero, le puso la razón de certificado, lo que pudo hacer por el empleo que tenía en un banco y lo hizo efectivo en otro banco, luego no se está en el caso del artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, y por lo mismo son competentes para seguir conociendo del asunto las autoridades del orden común, por tratarse de los delitos de fraude y falsificación de documentos, y el caso no queda comprendido en ninguno de los incisos de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que marcan cuáles son los delitos del orden federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804075-ad7b4e3d/cheques-falsificacion-y-fraude-por-medio-de-competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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