COMPETENCIA LABORAL, USO DE LOS MEDIOS PARA PROMOVERLA.
Si la demandada, por conducto de su apoderado solicitó de la autoridad laboral que conocía del conflicto se declarara incompetente y no obtuvo resolución favorable, y aun cuando no haya opuesto precisamente como excepción la incompetencia por declinatoria, de cualquier manera planteó ésta ante dicha autoridad, y como posteriormente hizo valer la inhibitoria ante la autoridad judicial, en contravención del artículo 431 de la Ley Federal del Trabajo, debe declararse que la controversia competencial ha sido planteada ilegalmente, y con apoyo en ese precepto, así debe declararse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257957-61a832e1/competencia-laboral-uso-de-los-medios-para-promoverla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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