MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL. DEBEN CONSIDERARSE COMO UN TODO.
El pliego de conclusiones que formula el Ministerio Público constituye un todo que debe relacionarse entre si; por tanto, no deben considerarse en forma aislada los puntos petitorios, sino que habrá de tenerse en cuenta la parte expositiva que se haga en el pliego y los argumentos que se expongan; de ahí que si en el pliego de conclusiones el Ministerio Público solicita la imposición de una pena prevista en un artículo determinado o invoca un mandamiento en el que se comprenden varias hipótesis delictivas o de calificación del delito, no puede considerarse que haya vaguedad en la acusación si es que en la parte expositiva se puntualiza cuál es la hipótesis por la que se está formulando la solicitud de imposición de la pena. Siendo las conclusiones del Ministerio Público de derecho estricto, deben, precisamente por ello, relacionarse los puntos petitorios con el resto de las mismas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258779-aab336b4/ministerio-publico-conclusiones-del-deben-considerarse-como-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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