MINISTERIO PUBLICO, APELACION DEL.
Si el Ministerio Público no esta conforme con la sentencia en lo tocante a la reparación del daño, los agravios ya no pueden versar sino sobre esta cuestión, por lo que si los hace extensivos a la pena corporal impuesta, es evidente que este punto quedó fuera del recurso y el tribunal de alzada no puede ocuparse de ellos, sin violar el principio conforme al cual el tribunal no puede pronunciarse sino sobre lo que es materia del recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259001-7e4e5b0c/ministerio-publico-apelacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5350/66. Francisco Hernández Gómez. 16 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Jurisprudencia relacionada
- APELACIÓN INTERPUESTA POR EL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO AL JUZGADO DE ORIGEN. SI ÉSTE NO FORMULA AGRAVIOS EN CONTRA DE LA ABSOLUCIÓN DEL PAGO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO, EL TRIBUNA (X.3o.35 P)
- APELACION. REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- APELACION. NO PUEDE AGRAVARSE LA PENA SIN AGRAVIOS DEL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. AUMENTO DE LA PENA EN LA APELACION. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis