APELACION, NO PUEDE MODIFICAR EL FALLO EN PERJUICIO DEL REO EL TRIBUNAL DE.
Conforme al principio jurídico procesal de no reformatio in peius, que consagra el artículo 385 del Código Federal de Procedimientos Penales, el tribunal de apelación no puede modificar el fallo de primer grado en perjuicio del apelante, cuando el Ministerio Público se conformó con aquella resolución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260216-2a2ddff9/apelacion-no-puede-modificar-el-fallo-en-perjuicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5077/61. Gotthold Robert Kyburz. 14 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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