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Modo: Corpus Pro

APELACION, NO PUEDE MODIFICAR EL FALLO EN PERJUICIO DEL REO EL TRIBUNAL DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 260216 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 16

Conforme al principio jurídico procesal de no reformatio in peius, que consagra el artículo 385 del Código Federal de Procedimientos Penales, el tribunal de apelación no puede modificar el fallo de primer grado en perjuicio del apelante, cuando el Ministerio Público se conformó con aquella resolución.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260216-2a2ddff9/apelacion-no-puede-modificar-el-fallo-en-perjuicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5077/61. Gotthold Robert Kyburz. 14 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

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