DESPOJO, DELITO DE.
Si los quejosos no aportaron ninguna prueba para demostrar que los terrenos fueron de origen comunal, y por el contrario, el sujeto pasivo del delito demostró con prueba documental la propiedad y posesión de los mencionados predios, es correcto el juicio de valoración de la responsable, al declarar que los quejosos cometieron el delito de despojo, puesto que de propia autoridad invadieron tierras de propiedad particular, que luego cultivaron obteniendo los frutos correspondientes, sin tener derecho para ello; y al declarar la responsable la obligación por parte de los quejosos de restituir los predios de referencia a su legítimo dueño, con ello no se infringen garantías individuales en su perjuicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260325-0e0511cd/despojo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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