CHEQUES SIN FONDOS, PENA APLICABLE AL EXPEDIDOR DE.
Al expedirse la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se encontraba en vigor el Código Penal de 1931, que sancionaba el fraude con prisión de seis meses a seis años y multa de cincuenta a mil pesos. Con posterioridad se expidió el Código Penal de actual vigencia que sanciona el delito de fraude con penas más severas, y como el artículo 193, no ha sido reformado, debe entenderse que la pena de fraude a que se refiere el segundo párrafo, es la contenida en el Código Penal que estaba en vigor entonces.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260733-a5e8df4b/cheques-sin-fondos-pena-aplicable-al-expedidor-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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