CHEQUES SIN FONDOS, DELITO DE LIBRAMIENTO DE.
En los términos de la nueva jurisprudencia establecida, la hipótesis legislada en el artículo 193, constituye un delito especial que se consuma por la falta de pago del cheque que presentado en tiempo legal ante la institución librada, no es cubierto por causa imputada al girador, ya que el bien jurídico tutelado en dicha figura delictiva, es la seguridad del crédito y la confianza que el público debe tener en los cheques, y no como equivocadamente se ha pretendido, el interés patrimonial de los particulares.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260791-152b7984/cheques-sin-fondos-delito-de-libramiento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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