AMENAZA, DELITO DE.
La figura delictiva de amenaza, tiene como bien jurídico tutelado la paz y la seguridad de la persona que se encuentre alterada e intranquila por el anuncio de un mal que se le va a causar. Ahora bien, no puede quedar plenamente comprobada tal figura delictiva, si el lapso transcurrido entre el anuncio y la tentativa de causar un mal fue tan leve, que más bien significó una baladronada como preámbulo a la agresión y de ninguna manera una advertencia para acto posterior; de donde cabe concluir que la intención de la inculpada no era crear un estado de intranquilidad y de angustia en el ánimo de la ofendida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261064-6a49a771/amenaza-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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