CHEQUES SIN FONDOS.
El libramiento de un cheque presentado oportunamente para su pago y no satisfecho por causa imputable al girador, configura el delito previsto por el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261497-990775ed/cheques-sin-fondos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3595/60. Gilberto Morton Santo. 23 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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