EVASION DE PRESOS (LEGISLACION DE JALISCO).
El artículo 135 del Código Penal del Estado de Jalisco, que tipifica el delito, prevé dos hipótesis: en la primera se contempla el caso en que una persona favoreciere la evasión de algún detenido, procesado o condenado, y en la segunda cuando el evadido logra su propósito y es conducido por el custodio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261827-2b548a37/evasion-de-presos-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8212/59. Juan González de la Torre y coagraviado. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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