COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
De la declaración confesoria de la coacusada se desprende un indicio incriminatorio de culpabilidad en contra del quejoso, si aquélla, sin eludir su responsabilidad, señaló a éste como copartícipe en la comisión de los delitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261994-438a025c/coacusado-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4704/59. Rubén Ruiz del Angel. 4 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
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