CHEQUES SIN FONDOS, PAGO POSTERIOR DE LOS.
Es irrelevante que el reo hubiese pagado con posterioridad el importe total del documento, porque ello sólo tiene trascendencia en lo que se refiere al resarcimiento del daño causado por el delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262155-9caa86b5/cheques-sin-fondos-pago-posterior-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4674/59. Moisés Katzenelson Winokur. 18 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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