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GARROTEROS. IMPRUDENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 262411 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 78

Si bien la norma 106 del Reglamento de Transportes de los Ferrocarriles Nacionales de México, hace gravitar la seguridad de los trenes sobre los maquinistas y conductores, ello se debe a que son los empleados de mayor jerarquía cuando aquéllos transitan, pero de ninguna manera libera de responsabilidad a los demás trabajadores del sistema, supuesto que la índole misma del servicio obliga a que todos los empleados cooperen en forma eficiente para dicha finalidad. Y en efecto, la regla N de las generales para los empleados dice: "Siempre que los intereses de los ferrocarriles estén en peligro de sufrir menoscabo, los empleados deberán esforzarse por evitarlo... En los casos en que ocurran accidentes... en que las señales o el material rodante se encuentre... en condiciones anormales que puedan poner en peligro su seguridad, deberán usarse todos los medios que el caso amerite para protegerlos...", o en otros términos, que todos los trabajadores del sistema están obligados a proveer lo necesario, en franca armonía, para cumplir con aquel designio. Con mayor razón quienes por su labor específica están destinados a dar protección a los trenes, o sea, como en el caso, tratándose de un garrotero abanderado que al detenerse su tren por encontrarse la vía principal obstruida por otras unidades descarriladas, debió inmediatamente proceder y no lo hizo, máxime si recibió instrucciones precisas del conductor a este respecto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262411-fc2d492d/garroteros-imprudencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2908/57. Gregorio Torres Santos. 11 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

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