CONDENA CONDICIONAL. BUENA CONDUCTA.
No es violatoria de garantías la sentencia que en uso del arbitrio que la ley le concede al juzgador, niega el beneficio de la condena condicional, si el acusado no probó haber observado positivamente buena conducta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262836-464d942c/condena-condicional-buena-conducta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7069/58. Víctor Moro Sánchez. 13 de abril de 1959. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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