CASO FORTUITO.
El caso fortuito es el límite de la culpabilidad y quien obra sin intención ni imprudencia, ejecutando un hecho lícito, con todas las precauciones debidas, no delinque.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263296-06a1ea6a/caso-fortuito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3413/58. José Luz Ceballos Elizarrarás. 17 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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