ENCUBRIMIENTO (LEGISLACION DE TABASCO).
La sentencia impugnada, por cuanto considera al acusado responsable del delito de encubrimiento, se encuentra debidamente ajustada a derecho, si se probó plenamente que recibió objetos robados a sabiendas de la situación legal de los mismos, habiendo participado, según propio reconocimiento, en su venta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263333-8e9f601e/encubrimiento-legislacion-de-tabasco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1863/57. Gerardo Isoba García. 25 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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