CHEQUES SIN FONDOS.
Si con los elementos de autos no es posible llegar, como lo pretende el procesado, a la conclusión de que los cheques se otorgaron en garantía, pues contra su declaración aislada aparecen lo manifestado por los ofendidos y los datos que proporcionaran los propios documentos, debe negársele el amparo solicitado contra la sentencia que lo condenó por el delito previsto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263461-dfa7dd41/cheques-sin-fondos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1846/57. Gilberto González Garza. 28 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Nota: Este criterio ha integrado jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XXIV, Segunda Parte, página 294.
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis