LEGITIMA DEFENSA.
Debe estimarse que el acusado previó la agresión de que podría ser objeto por parte de quien resultó muerto, si se atiende al hecho de que no llevó la noticia del hecho perpetrado por aquél, contra un familiar del propio acusado, a las autoridades competentes, para que éstas practicaran la averiguación correspondiente, sino que, arrogándose facultades que son propias de la autoridad judicial, lo persiguió sin hacerse acompañar de agentes de la policía. Y la forma en que procedió, revela que estaba determinado por el propósito de vengar el ultraje recibido, haciéndose justicia por sí mismo, no obstante la terminante prohibición que establece el artículo 17 constitucional, puesto que la persecución de los delitos corresponde al Ministerio Público y, el señalamiento de las sanciones al autor del mismo, a la autoridad judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263500-3c96d5bd/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MINISTERIO PUBLICO, EL JUEZ NO DEBE EXCEDER LA ACUSACION DEL. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO. CONCLUSIONES CONTRADICTORIAS. (s/clave)
- CLASIFICACION DEL DELITO. ACUSACION. EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- ACUSACION, EL JUEZ NO DEBE REBASARLA. EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- CONFESION. (s/clave)
- CONFESION DEL REO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis