MINISTERIO PUBLICO. CONCLUSIONES CONTRADICTORIAS.
Si el Ministerio Público razona en el cuerpo del escrito de conclusiones, que el inculpado obró en legítima defensa, al repeler la agresión de que fue objeto de su antiguo rival, pues en ocasión precedente fue golpeado y amenazado por éste, y en el segundo punto petitorio, dicho representante social solicita la aplicación de la penalidad por homicidio imprudencial sin dar ninguna explicación, omitiendo el instructor enviar el pedimento al procurador para su enmienda, la grave contradicción en que incurrió el titular de la acción penal, debió ser resuelta en sentido favorable al acusado, de ahí que la condena del juzgador, sea violatoria del artículo 21 constitucional y debe ser reparada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812809-08bf6056/ministerio-publico-conclusiones-contradictorias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- APELACION EN MATERIA PENAL, LA SENTENCIA DE, NO PUEDE REBASAR LOS TERMINOS DE LA ACUSACION DEL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO. SENTENCIA QUE REBASA LAS SANCIONES PEDIDAS EN LAS. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, EL JUEZ NO DEBE EXCEDER LA ACUSACION DEL. (s/clave)
- CLASIFICACION DEL DELITO. ACUSACION. EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- ACUSACION, EL JUEZ NO DEBE REBASARLA. HOMICIDIO SIMPLE. (s/clave)
- ACUSACION, EL JUEZ NO DEBE REBASARLA. EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis