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Modo: Corpus Pro

CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO. SENTENCIA QUE REBASA LAS SANCIONES PEDIDAS EN LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 812693 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1965; Pág. 30

Si el agente del Ministerio Público en su pliego de conclusiones ninguna alusión hace referente a que el delito de homicidio que se atribuye al quejoso se hubiera perpetrado con calificativas, y obviamente no señala las disposiciones legales que sancionan esa figura delictiva, la sentencia recurrida que consideró al acusado como responsable del delito de homicidio con alevosía y ventaja, es violatoria del artículo 21 constitucional, por haber rebasado los términos de la acusación y debe, en consecuencia, repararse tal violación de garantías mediante la concesión del amparo, para que se sancione al acusado quejoso con las penas señaladas al homicidio simple, pedidas por el Ministerio Público en su relacionado escrito de conclusiones.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812693-8d7d3190/conclusiones-del-ministerio-publico-sentencia-que-rebasa-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 9197/63. Cecilio Díaz Reyes y coagraviados. 5 de agosto de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo. Secretario: Marino Reyes Morales.

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