PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
Aunque después de haberse celebrado la junta de peritos, la opinión del perito tercero en discordia hubiera sido favorable a los intereses del reo, tanto el Juez del conocimiento como el tribunal de alzada no estaban obligados a someterse a la opinión sustentada en tal dictamen, ya que el Juez natural es el más alto de los sujetos procesales y siendo perito en derecho, está en posibilidad, de acuerdo con la ley, de discernir a las pruebas analizadas el valor demostrativo que les corresponda, conservando su independencia de criterio al valorarlas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263541-63747305/prueba-pericial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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