DESPOJO.
Si se dictó sentencia condenando al acusado a la entrega de un terreno con todos sus frutos y accesorios, aun cuando sea cierto que el predio no fue completamente desalojado, pues se permitió que los muebles del acusado quedaran en una galera dentro del mismo terreno, el delito de despojo se ha integrado por el hecho de haber tomado nuevamente posesión el reo, de la casa; pues es manifiesto que la posesión la había perdido en la diligencia practicada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263609-7daa7b0e/despojo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7614/57. Febronio de la Cruz Solís. 3 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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