DESPOJO.
Si se dio posesión del inmueble a la demandante, en cumplimiento de la sentencia que recayó en un juicio ordinario de prescripción adquisitiva, promovida por los acusados a quienes se desalojó de las viviendas que habían construido en él, y está comprobado que éstos invadieron con posterioridad, ilegalmente, el lote propiedad de la demandante, a pesar de que ya se le había concedido la posesión de hecho y de derecho, asiste la razón a la autoridad responsable al tener por establecida la certeza del delito de despojo, fincando la responsabilidad de los reos como autores de dicho ilícito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817939-a8f1a994/despojo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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