Corpus
Modo: Corpus Pro

ENCUBRIMIENTO (LEGISLACION DE MICHOACAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 263617 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 87

En el Código Penal del Estado de Michoacán no existe la figura delictuosa de encubrimiento, con carácter autónomo; el artículo 12, en su fracción III, estima el encubrimiento como un grado de responsabilidad, al igual que a la complicidad y a la autoría, y el artículo 15 del propio ordenamiento punitivo determina que "son responsables como encubridores los que con posterioridad a la ejecución del delito, oculte a los delincuentes, favorezcan la fuga de los mismos o impidan la acción de la justicia por cualquier medio...". Por tanto, queda totalmente fuera de lugar hablar de comprobación del cuerpo del delito de encubrimiento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263617-aa734dde/encubrimiento-legislacion-de-michoacan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4047/57. Consuelo Guillén Velázquez. 2 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.